Embriones congelados y desistimiento de uno de los miembros de la pareja en Derecho español
Contenido principal del artículo
Resumen
La Ley española de técnicas de reproducción humana asistida no se pronuncia específicamente sobre la cuestión del desistimiento de uno de los miembros de la pareja que procreó y congeló embriones. Parece conceder a cada miembro el derecho a dejarlos morir, incluso en caso de que para el otro miembro constituya la única posibilidad de ser progenitor biológico. Cuenta sólo el derecho a que le sea respetada su vida privada, aunque dicho respeto choque con este mismo derecho del otro miembro de la pareja y ello vaya contra el derecho a la vida de los nascituros. Ante este panorama, se alza la pregunta sobre si el derecho a desistir es renunciable al tiempo de o antes de procrear los embriones a congelar, especialmente por medio de pactos entre ambos miembros de la pareja.
##plugins.themes.bootstrap3.displayStats.downloads##
Detalles del artículo
Cómo citar
Número
Sección

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.
© Asamblea de Madrid. Los originales publicados son propiedad de la Asamblea de Madrid, siendo necesario citar la procedencia en cualquier reproducción parcial o total.